…”Un
sistema de pensiones y jubilaciones efectivo debe ser amplio, sostenible, solidario,
equitativo, flexible, eficiente y transparente, y debe adaptarse a las
necesidades y recursos del país y de la sociedad en general”...
La
formación del ahorro privado de largo plazo es una herramienta fundamental para
adquirir la libertad económica necesaria, cuando la etapa productiva de los
ciudadanos, en los términos que establece la organización social, concluye, su
adecuada acumulación y capitalización es crucial para retornar estos ahorros en
forma de pensiones y jubilaciones que garanticen un adecuado confort, seguridad
e independencia económica a los ahorristas/aportantes ya convertidos en
jubilados o pensionistas.
En
sociedades como la nuestra, donde el ahorro en términos reales es difícil entre
otras razones por la precariedad de los ingresos en cuanto a su regularidad,
cuantía y poder adquisitivo, la inexistencia de un sistema de seguridad social
integral, la inexistencia de un sistema financiero, de seguros y pensiones
competitivo y orientado al cliente/ahorrista/aportante que ofrezca alternativas
a las AFP y un Estado altamente burocratizado, costoso y poco eficiente,
derivado de gobiernos de turno enfocados en otras actividades e intereses, las
asimetrías en la etapa final de la vida laboral de los ciudadanos deja a una
enorme mayoría sin ingresos para la vejez, un 80% de la población no tiene
fondos de retiro.
Se impone
así la necesidad de contar con un sistema mixto que combine los fondos
individuales privados con el de fondos públicos, un sistema de capitalización
individual y un sistema de reparto complementario los cuales por definición
tendrán un comportamiento inverso: el fondo privado verá incrementar sus
afiliados y sus montos capitalizados y el de reparto complementario vera
decrecer sus afiliados y las necesidades de fondos públicos y aportes
solidarios de los fondos privados, hasta que se cumpla el ciclo vital de los ciudadanos
que no logran capitalizar lo necesario para una pensión mínima vital.
En el
punto inicial de implantación de un sistema de estas características, todos los
ciudadanos deberán tener una cuenta de ahorros de largo plazo en las que se
hagan los aportes, reglamentarios y voluntarios y es de estos fondos que se
pagarán las pensiones y jubilaciones.
Se
accederá al fondo de reparto cuando al llegar la edad de jubilación se
evidencie que el monto acumulado es insuficiente para generar una pensión
mínima vital en este punto se completará el fondo individual para que se genere
la pensión.
Todos los
aportes deben ser indexados desde el momento en que se registran en la cuenta
individual para protegerlos de la inflación y sus rendimientos serán el
promedio de mercado de títulos valores de largo plazo, capitalizados
mensualmente.
Los costos
de administración serán equivalentes al 1% de estos rendimientos, con base en
el principio elemental de: a mayor fondo, mayor rendimiento y desde luego
mayores comisiones. Si los administradores AFP son altamente eficientes y
competitivos en los mercados de inversión, tendrán mayores rendimientos y por
lo tanto mayores comisiones.
Haciendo
las cosas sencillas, un ciudadano inicia sus aportes el mes 1 de 480
ininterrumpidamente y el sistema le indexa los aportes y le da un rendimiento
anual del 6%, mediante la aplicación de la formula de capitalización tendríamos
los siguientes resultados:
VF
= PMT * (((1 + r)^n - 1) / r)
Donde:
VF es el valor futuro de la inversión.
PMT es el monto del aporte mensual, supongamos
S/ 200,00.
r es la tasa de interés mensual
(dividida entre 12 para convertirla en mensual) 6% anual.
n es el número de períodos de inversión
(número de años de inversión multiplicado por 12) esto es: 480 cuotas mensuales.
VF
= 200 * (((1 + 0.06/12)^480 - 1) / 0.06/12)
VF
= 436.117,56
El método
de cálculo de las pensiones será el de renta perpetua con la tasa de interés
vigente en el momento del retiro, supongamos el 6% anual
Renta
perpetua x Tasa de interés anual = Pago anual de la renta
436.117,56
* 0.06 = 26.167.05
Que
equivale a mensualidades de S/ 2.180,56 a perpetuidad.
Cualquier
rendimiento por encima del 6% anual es la remuneración del administrador del
fondo (AFP).
Este
método garantiza una adecuada capitalización para los aportantes, ya que sus
rendimientos mínimos son compensados adecuadamente por la indexación
imprescindible por tratarse de un fondo de ahorro de largo plazo con fines de
previsión social no de inversiones de corto plazo o especulativas, es diferente
para los administradores-inversionistas que toman riesgos por tratarse de
especialistas en mercados y rotación de activos financieros en el corto plazo y
si también el mediano y largo plazo.
Su
habilidad y conocimiento de los mercados financieros hace factible garantizar
ese mínimo rendimiento indexado y obtener adecuadas remuneraciones por su
esfuerzo y conocimientos financieros.
Se
garantiza de esta manera la seguridad e independencia económica de los
aportantes en el largo plazo y se descarga al Estado de una onerosa carga
financiera que no le corresponde.